miércoles, 25 de abril de 2012

Maltrato Infantil

* con Laura Silva





1.- INTRODUCCIÓN
      1.1 Historia

    El maltrato a menores aparece con el hombre mismo. Todas las civilizaciones lo han presentado y está íntimamente ligado a factores sociales, políticos y religiosos, esta relación obliga a ubicarnos en el contexto de la cultura que se trate, lo que resulta verdaderamente grave, ya que Aristóteles decía que un hijo era propiedad y nada de lo que se haga con la propiedad es injusto, por lo tanto no se reconoce el problema como maltrato, o bien en las sociedades china e hindú el infanticidio era un método de control de la natalidad y una forma de eliminar a niños recién nacidos con malformaciones físicas o daño cerebral por ser considerados instrumentos del mal, en algunas otras sociedades niñas eran sacrificadas por no contribuir a la economía familiar.
    Es así como el castigo ha tomado un sentido más que educador que llena de resentimientos a los niños, en toda la crianza de los niños no hay asunto que suscite emociones diversas tan fuertes como el castigo, algunos piensan que el castigo es el único método confiable de disciplina (Williamson, 1992).
    No hay forma de que el castigo sea placentero, es doloroso en el aspecto físico, mental o emocional y tiene consecuencias en los grupos vulnerables.
    Los niños y las niñas forman uno de los grupos denominados vulnerables. Se considera que un grupo vulnerable es aquel que por razón de la edad, sexo, raza, color, idioma, religión, opiniones políticas, origen nacional o posición económica, nacimiento, características físicas o culturales están en mayor riesgo de sufrir de discriminación, disminución o negación de sus derechos fundamentales (Pérez, 2006).
     
      1.2 Legislación

    El primer paso dado en reconocimiento de los derechos de los niños se realiza con la Declaración de los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1959. No obstante, el instrumento normativo más importante lo constituye la Convención sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989, por el cual los Estados se comprometen a respetar los derechos y deberes de los niños, pasando a formar parte del derecho interno del país. En el marco nacional, el artículo 39 de la Constitución sostiene la protección integral y asistencia
    de los niños. Se reconoce el derecho de los niños a recibir la atención social que precisan, cuya obligación recae, en primer lugar en los padres, y de forma subsidiaria en el Estado. En el ámbito legal, la estructura jurídica de los derechos de los niños en España queda conformado por la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor. La ley se acoge a la corriente legislativa que tiene como base un mayor reconocimiento del papel que los menores desarrollan en la sociedad actual, con el objetivo último de consagrar el interés superior de los mismos.


      1.2 Diferencia entre maltrato y abandono

La Asamblea General de la ONU (1989) definió el maltrato infantil como "toda forma de violencia, perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación mientras que el niño se encuentra bajo custodia de sus padres, de un tutor o de cualquier otra persona que le tenga a su cargo" El maltrato infantil es normalmente una conducta inadecuada y repetida de los padres o tutores hacia el niño o el abandono del niño por los padres o tutores, y que causa al niño lesiones o daño físico.

Abandono es la falta de atención a las necesidades básicas de un niño.




1.3 ¿Por qué el maltrato?


Es difícil imaginar que alguien pueda hacer daño a un niño intencionadamente. Muchas veces el maltrato físico es el resultado de una disciplina física inadecuada o excesiva y una falta de conocimiento de la fuerza utilizada. No es extraño que las personas que han sufrido maltratos se conviertan en agresores. Para ellos esta conducta es simplemente la forma en la que se criaron y la única que conocen.
La falta de conocimiento de cómo ser padres, las expectativas irreales para con los niños, las crisis familiares frecuentes, la pobreza, las discapacidades físicas, el estrés, la falta de sistemas de apoyo en la comunidad, el abuso de sustancias tóxicas, los problemas de salud mental y la violencia doméstica en el hogar son factores de riesgo que contribuyen al maltrato y al abandono infantil.


2.-Maltrato físico



2.1 ¿Qué y cómo es?


Es un daño intencional producido a los niños que incluye: sacudidas, palizas, quemaduras, intoxicaciones y otras lesiones que según el grado pueden causar daños físicos o en el desarrollo permanentes e incluso la muerte.

2.2 Indicadores

-Contusiones, heridas, cicatrices y quemaduras:
Lesiones múltiples o de muchos tipos, que no coinciden con la historia proporcionada y que aparecen de forma reiterada. Suelen localizarse en zonas donde no es frecuente accidentalmente, zonas no prominentes, y de forma extensa, en varias áreas y simétricas muchas veces. Suelen reproducir formas geométricas o del objeto.

-Mordeduras:
Reproducen la forma de la mordedura humana, son recurrentes ya sean aisladas o múltiples


-Lesiones osteo-articulares:
Cualquier fractura o luxación en niños menores de 2 años, en niños mayores suelen se fracturas múltiples asociadas a lesiones cutáneas normalmente y sus mecanismos de producción no concuerdan con las capacidades del niño por su maduración.

-Lesiones orgánicas internas:
Las intracraneales, producidas por supuestas caídas sin testigos; desprendimientos de retina o hemorragias oculares; hematoma pulmonar, edemas, desgarro hepático…


3.- Abandono o negligencia física

    1. ¿Qué y cómo es?

Se define como «aquella situación donde las necesidades físicas (alimentación, vestido, higiene, protección y vigilancia en las situaciones potencialmente peligrosas, educación y / o cuidados médicos) y cognitivas básicas del menor no son atendidas temporal o permanentemente por ningún miembro del grupo que convive con el-niño». La definición se centra de manera muy evidente en las necesidades del niño que no son cubiertas y no tanto en los posibles comportamientos de los padres.

    1. Indicadores

Los Indicadores que pueden aparecer en el niño serían los siguientes:
1. Alimentación: no se le proporciona la alimentación adecuada. Está hambriento.
2. Vestido: vestuario inadecuado al tiempo atmosférico. El niño no va bien protegido del frío.
3. Higiene: constantemente sucio, escasa higiene corporal.
4. Cuidados médicos: problemas físicos o necesidades médicas no atendidas o ausencia de cuidados médicos rutinarias.
5. Supervisión: un niño que pasa largos períodos de tiempo sin la supervisión y vigilancia de un adulto. Se producen repetidos accidentes domésticos claramente debidos a negligencia por parte de los padres o cuidadores del niño.
6. Condiciones higiénicas y de seguridad del hogar que son peligrosas para la salud y seguridad del menor.
7. Area educativa: inasistencia injustificada y repetida a la escuela.
8. Estimulación cognitiva: ausencia de estimulación suficiente para la edad, demandas y necesidades del niño/a. El criterio para señalar la existencia de negligencia viene determinado en gran medida por su cronicidad.

4.- Maltrato o abandono emocional


4.1 ¿Qué y cómo es?

Por Maltrato Emocional se entiende "La Hostilidad verbal crónica en forma de insulto, desprecio, crítica o amenaza de abandono y constante bloqueo de las iniciativas de interacción infantiles (desde la evitación hasta el encierro o confinamiento) por parte de cualquier miembro adulto del grupo familiar".
Por Abandono Emocional se entiende "La falta persistente de respuesta a las señales (llanto, sonrisa), expresiones emocionales y conductas procuradoras de proximidad e interacción iniciadas por el niño y la falta de iniciativa de interacción y contacto por parte de una figura adulta estable"
4.2 Indicadores

El maltrato emocional comprendería las siguientes conductas:
1. Rechazo. Implica actos verbales o no verbales de los padres que rechazan o degradan al niño. Incluye:
. Despreciar, degradar y otras formas no físicas de tratamiento hostil
. Humillacion pública

2,Aterrorizar. Se refiere a situaciones en las que se amenaza al niño, con un castigo extremo o uno vago pero siniestro, con abandonarle o matarle, con el propósito de crear en él un miedo intenso. O colocar al niño o a personas/ objetos a los que el niño quiere, en situaciones evidentemente peligrosas.
. Colocar al niño en circunstancias impredecibles o caóticas.
. Amenazar o cometer violencia contra el niño.

3. Aislamiento. Se refiere a negar permanentemente al niño las oportunidades para satisfacer sus necesidades de interactuar y comunicarse con otros niños o adultos, dentro o fuera del hogar.

Por su parte,el abandono emocional comprendería las siguientes conductas:
1- Ignorar. Se refiere a los actos de los padres que ignoran los intentos y necesidades del niño de interactuar (ausencia de expresión de afecto, cuidado y amor hacia el niño) y no reflejan ninguna emoción en las interacciones con él.

2- Rechazo de atención psicológica. Rechazo de los padres a iniciar un tratamiento de algún problema emocional o conductual severo del niño,
existiendo acceso a un recurso de tratamiento que ha sido señalado como necesario por profesionales competentes.

3- Retraso en la atención psicológica. Los padres no proporcionan o buscan ayuda psicológica para resolver una alteración emocional o conductual del niño ante una circunstancia extrema en la que es evidente la necesidad de ayuda profesional.

5.- Abuso sexual

5.1 ¿Qué y cómo es?

Se define como “cualquier clase de contacto sexual con una persona menor
de 18 años por parte de un adulto desde una posición de poder o autoridad
sobre el niño.” El niño puede ser utilizado para la realización de actos
sexuales o como objeto de estimulación sexual.

5.2 Indicadores

Se pueden expresar en cuatro categorías:
1. Incesto. Si el contacto físico sexual se realiza por parte de una persona de consanguinidad lineal o por un hermano, tío o sobrino.
También se incluye el caso en que el adulto esté cubriendo de manera estable el papel de los padres.

2. Violación. Cuando la persona adulta es otra cualquiera no señalada en el apartado anterior.

3. Vejación sexual. Cuando el contacto sexual se realiza por el tocamiento intencionado de zonas erógenas del niño o por forzar, alentar o permitir que éste lo haga en las mismas zonas del adulto.

4. Abuso sexual sin contacto físico. Se incluirían los casos de seducción verbal explícita de un niño, la exposición de los órganos sexuales con el objeto de obtener gratificación o excitación sexual con ello, y la masturbación o realización intencionada del acto sexual en presencia del niño con el objeto de buscar gratificación sexual. Una vez que se establecen las diferentes tipologías de maltrato infantil se debe tener en cuenta que en un importante porcentaje de casos se produce un cierto solapamiento entre ellas. Es frecuente que se den casos en los que aparezcan simultáneamente el maltrato y el abandono físico, o el maltrato
físico y el abuso sexual.



6.- Síndrome de Münchausen

    1. ¿Qué y cómo es?
    Los padres llevan a los niños con frecuencia al hospital, inventan síntomas o solicitan análisis médicos para simular preocupación y cuidado de sus hijos.
      Los padres/madres cuidadores someten al niño a continuas exploraciones médicas, suministro de medicamentos o ingresos hospitalarios, alegando síntomas ficticios o generados de manera activa por el adulto (por ejemplo mediante la administración de sustancias al niño).
6.2 Indicadores
  • Habitualmente se trata de un niño menor de 5 años, y con frecuencia lactante. No existen diferencias por sexo.
  • Es llevado por su cuidador (habitualmente la madre) a centros médicos (ambulatorios u hospitalarios), con frecuencia distintos y en diferentes ciudades, de forma reiterada.
  • Describiendo o exhibiendo la presencia de manifestaciones clínicas, generalmente graves y de comienzo agudo, que suelen corresponder a procesos de urgencia orgánica.
  • Los síntomas y signos físicos más frecuentemente relatados u observados son: dolor abdominal, perdida de peso, vómitos, disfagia, diarrea, hematemesis, hematoquecia, rectorragia, úlceras bucales, epistaxis, ataxia, convulsiones, lipotimias, obnubilación y estupor, coma, alucinaciones, movimientos anormales, fiebre, púrpuras, exantemas infecciosos, urticaria/angioedema, lesiones cutáneas, dermatitis vesículo-ampollosas, infecciones cutáneas, hematuria, hipertensión, disnea, crisis apnéicas, hiperventilación, sed excesiva, incongruencia del perfil bioquímico.
  • Estas manifestaciones clínicas son persistentes o recidivantes, abigarradas e inhabituales, y difícilmente se pueden encasillar en un cuadro clínico o enfermedad específica.
  • Todo ello da lugar a que el niño sufra múltiples ingresos hospitalarios (con frecuencia prolongados), estudios médicos y exámenes complementarios para su diagnóstico y tratamiento.
  • Los síntomas y/o signos clínicos que se relatan o que presenta el niño discrepan de la historia clínica, el examen físico y los resultados de los exámenes complementarios, o éstos no aclaran el diagnóstico.
  • Generalmente, el cuadro clínico mejora en cuanto el niño ingresa en el hospital. Existe discordancia entre el aparente buen estado de salud del niño y la historia de graves síntomas clínicos y/o la alteración de las pruebas de laboratorio.
  • En otras ocasiones se confirma una enfermedad (o se produce la muerte) cuya causa es inexplicable. Los procedimientos terapéuticos, habituales y apropiados, aplicados son inefectivos o no tolerados. El personal sanitario piensa en la posibilidad de hallarse frente a una enfermedad desconocida.
  • Los síntomas y/o signos clínicos aparecen solamente en presencia de la madre y no aparecen cuando está ausente! La “prueba de la separación” lo confirma.


7.- Consecuencias

La investigación y la evidencia muestran que tanto el maltrato como el abandono están relacionados con unas consecuencias negativas a corto y largo plazo en la salud mental y física del niño, en su capacidad de aprendizaje, en su rendimiento académico y en su desarrollo social y de comportamiento.

Los niños que han sido maltratados por lo general tienen más lesiones físicas y problemas médicos como dolor crónico, dolores abdominales, asma, problemas de
alimentación, insomnio y síntomas neurológicos. También pueden sufrir depresiones o mostrar conductas autolesivas y tener incluso tendencias suicidas. Y los niños maltratados corren un alto riesgo de convertirse en perpetradores de
maltratos y de involucrarse en actividades criminales violentas en el futuro.


Los factores que afectan las consecuencias del maltrato de menores

No todos los niños abusados o descuidados sufren consecuencias a largo plazo. Estas consecuencias dependen del caso y pueden ser muy diferentes de persona a persona. Con frecuencia son el resultado de una combinación de factores como:
  • La edad del niño y la etapa de su desarrollo al momento de ocurrir el abuso o descuido
  • El tipo de abuso—abuso físico, negligencia, abuso sexual, etc.
  • La frecuencia, duración y severidad del abuso
  • La relación entre la víctima y el agresor
Los investigadores han empezado a investigar por qué, dadas las mismas condiciones, algunos niños sufren consecuencias a largo plazo mientras que otros salen relativamente ilesos. La "capacidad de recuperación" es la habilidad para sobreponerse al abuso y salir adelante después de una experiencia negativa. Varios factores de protección pueden contribuir a la capacidad de recuperación de un niño abusado o descuidado. Entre estos factores se pueden mencionar características individuales como el optimismo, la autoestima, la inteligencia, la creatividad, el humor, el entusiasmo y la independencia, así como el aprecio de los amigos y los compañeros. También juegan una parte las influencias positivas de los maestros, los mentores y las personas admiradas. El entorno social del niño y la disponibilidad de los apoyos concretos en su comunidad pueden ser otros factores. Pero también es importante que el niño viva en un vecindario seguro, y que tenga acceso a servicios médicos de calidad y a escuelas seguras, que son otros factores de protección (Fraser & Terzian, 2005).


8.- Prevención

La prevención del maltrato infantil se establece en tres niveles:
Prevención Primaria: dirigida a la población general con el objetivo de evitar la presencia de factores estresores o de riesgo y potenciar los factores protectores del maltrato infantil.
Se incluyen:
  • Sensibilización y formación de profesionales de atención al menor.
  • Intervenir en la psicoprofilaxis obstétrica (preparación al parto).
    Intervenir en las escuelas para padres, promoviendo valores de estima hacia la infancia, la mujer y la paternidad.
  • Prevenir el embarazo no deseado, principalmente en mujeres jóvenes, mediante la educación sexual en centros escolares y asistenciales.
  • Búsqueda sistemática de factores de riesgo en las consultas de niño sano. Así como evaluar la calidad del vínculo afectivo padres-hijos, los cuidados del niño, actitud de los padres en la aplicación del binomio autoridad-afecto.
  • Intervenir en las consultas y exponer los derechos de los niños y la inconveniencia de los castigos físicos. Ofrecer la alternativa de la aplicación del castigo conductual.
  • Identificar los valores y fortalezas de los padres, reforzando su autoestima.
Prevención Secundaria: dirigida a la población de riesgo con el objetivo de realizar un diagnóstico temprano y un tratamiento inmediato. Atenuar los factores de riesgo presentes y potenciar los factores protectores.

Se incluyen:
  • Reconocer situaciones de maltrato infantil, estableciendo estrategias de tratamiento.
  • Reconocer situaciones de violencia doméstica o de abuso a la mujer y buscar soluciones.
  • Reconocer las conductas paternas de maltrato físico o emocional, considerando la remisión de la familia a una ayuda especializada en el manejo de la ira y la frustración.
  • Remitir a centros de salud mental a padres con adicción a alcohol y drogas.
Prevención Terciaria: consiste en la rehabilitación del maltrato infantil, tanto para los menores víctimas como para los maltratadores. Para ello se debe disponer de un equipo interdisciplinario (pediatras, psiquiatras, psicólogos, trabajadores sociales, orientadores familiares, terapeutas, jueces de menores, cuerpos policiales, etc.).

EL MALTRATO INFANTIL ES UN PROBLEMA DE TODOS.







Inmersos como andamos en tantas tribulaciones, a veces pasan desapercibidas algunas noticias que nos traen un poco de aire fresco: el pasado día 19 de diciembre de 2011, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones.
Dado su nombre poco amigable, podría parecer un nuevo trámite burocrático de los organismos internacionales, pero nada más lejos de la realidad. Se trata de un paso de gigante para que los derechos de los niños se igualen a los de los adultos: el nuevo protocolo permite presentar denuncias individuales o colectivas por violaciones específicas de estos derechos.
Incluso permite al órgano de vigilancia (el Comité de los Derechos del Niño) actuar de oficio en casos graves, pudiendo realizar recomendaciones urgentes a los países sin tener que esperar como hasta ahora un largo proceso de informes periódicos que en teoría se produce cada cinco años y en la práctica se alarga mucho más allá.
Hasta el momento, la Convención sobre los Derechos del Niño contaba ya con dos Protocolos Facultativos, pero se referían a aspectos muy concretos (niños soldado y prostitución infantil). Este nuevo instrumento va mucho más allá y atiende cualquier situación que pueda afectar a cualquier niño, en cualquier país del mundo.
Aunque todavía está por redactar el reglamento que regule este tercer Protocolo, uno de sus principios es que los niños y niñas puedan, acompañados por adultos o por asociaciones, presentar sus quejas, mediante un proceso adaptado para ellos. Se promueven así dos de los principios básicos de la Convención: la participación infantil y el interés superior del niño.
En la práctica, esto podría suponer por ejemplo que se podrán presentar denuncias ante el Comité en casos de ataques masivos contra población civil que estén afectando a menores de edad. Pero también, sin irnos a situaciones tan extremas, se podría recurrir al Comité en un país en el que la justicia sistemáticamente niegue el derecho de los niños a ser escuchados en los procesos que les afecten (el caso más claro es el de la decisión de la custodia en los procesos de divorcio).
Obviamente, el día a día de los millones de niños que cada día ven vulnerados sus derechos no va a cambiar de la noche a la mañana. Pero contar con esta herramienta supone un gran paso, no solo (que también) en lo simbólico, sino por las posibilidades prácticas que se abren y que esperemos pronto se empiecen a hacer realidad.








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